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Mostrando las entradas etiquetadas como empresario

"¿Debe responder la empresa de las lesiones que un trabajador causa a otro?"

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Cuando una persona agrede a otra y le causa lesiones, además de ser condenado por un delito de lesiones a la pena que corresponda, se le condena al pago de la responsabilidad civil, que en este tipo de delitos suele corresponder con las lesiones y secuelas provocadas en la víctima.  Sin embargo, cuando estos hechos tienen lugar entre dos trabajadores de una empresa, en el centro de trabajo y durante su jornada laboral, hay quien puede pensar que la empresa también tiene que responder de manera subsidiaria sobre esas lesiones, debiendo satisfacer la indemnización fijada en sentencia en el caso de no poder hacerlo el propio autor de las mismas.  Sobre esta cuestión se ha pronunciado el Tribunal Supremo, en su Sentencia de fecha 14 de Octubre de 2.019, al analizar la agresión sufrida por un trabajador de una farmacéutica a manos de un compañero, que le hizo perder el 90% de la visión de un ojo, condenando al autor al pago de 70.000 Euros de indemnización. ¿Es responsabl...

"¿Es posible despedir a un trabajador por faltas de asistencia aunque esten justificadas? Nueva Sentencia del Tribunal Constitucional"

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El Tribunal Constitucional ha dictado una Sentencia, el pasado 16 de Octubre de 2.019, en la que se pronuncia sobre esta cuestión, y avala el despido de un trabajador que faltó al trabajo de forma intermitente 9 días, de los cuales 8 estaban justificados por incapacidad temporal, todo ello en un plazo de 40 días hábiles, en 2 meses continuos. Finalmente fue despedido por causas objetivas con 20 días de indemnización por año trabajado.  El Juzgado de lo Social número 26 de Barcelona planteó una cuestión de inconstitucionalidad en relación al artículo 52 d) del Estatuto de los Trabajadores , que expresamente recoge que “el contrato podrá extinguirse por faltas de asistencia al trabajo, aun justificadas pero intermitentes, que alcancen el veinte por ciento de las jornadas hábiles en dos meses consecutivos siempre que el total de faltas de asistencia en los doce meses anteriores alcance el cinco por ciento de las jornadas hábiles, o el veinticinco por ciento en cuatro meses disc...

"¿Quién tiene que acreditar las vacaciones devengadas y no disfrutadas? ¿El empresario o el trabajador?"

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El derecho de todos los trabajadores por cuenta ajena a vacaciones periódicas retribuidas, con cargo al empresario, aparece consagrado en el artículo 40.2 de la Constitución Española, y reconocido expresamente en el artículo 38 del Estatuto de los Trabajadores, pudiendo verse mejorado por lo establecido en los convenios colectivos que resulten de aplicación en cada actividad.  El derecho a vacaciones del trabajador es irrenunciable e indisponible, por lo que el empresario está obligado a concederlas, resultando nulos los pactos que supongan la sustitución de las vacaciones por una cantidad de dinero. A pesar de ello, y de forma excepcional, la jurisprudencia admite la compensación económica de las vacaciones cuando el trabajador no pudo por causas ajenas a su voluntad disfrutar de ese derecho, y la relación se extingue por cualquier causa.  Es precisamente en ese momento, el de la extinción de la relación laboral, cuando suelen surgir diferencias entre el empresar...

¿La pérdida del permiso de conducir puede motivar un despido?

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Una de las mayores preocupaciones que tienen los clientes a los que asistimos como posibles autores de un delito contra la seguridad vial es precisamente esta cuestión, ¿qué consecuencias puede tener ser condenado a la pena de privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotor? ¿puede motivar un despido o la suspensión del contrato de trabajo de esa persona? Evidentemente hay que analizar cada supuesto concreto para dar respuesta a estas preguntas, ya que debemos partir de la idea de que en no en todos los empleos resulta imprescindible disponer de un carnet de conducir para desarrollar el trabajo. La clave radica en la sanción o pena que se impone al conductor, ya que no es lo mismo la pérdida de puntos, y por lo tanto la obligación de obtener nuevamente la licencia, que la pena del derecho a conducir durante un periodo de tiempo establecido. Ante cualquier situación, en primer lugar se habrá de atender al convenio colectivo que resulte de aplicación, ya que ...

¿Puede un trabajador en situación de baja participar en carreras o eventos deportivos? ¿Sería procedente su despido?

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¿Conocéis a alguien que haya participado en una carrera, trail o evento deportivo estando de baja laboral?. Seguro que sí. Hoy analizamos si esta actuación puede dar lugar a un despido procedente por parte del empresario y algunos pronunciamientos judiciales al respecto. Y es que suele ser habitual que cuando un empresario se entera de que uno de sus trabajadores, que se encuentra de baja médica, participa en una o varias carreras deportivas consulte si puede castigarse de algún modo tal conducta, o incluso si puede prescindir de él a través de un despido disciplinario. Evidentemente, la respuesta no es un “sí” o “no”, ya que hay que analizar cada supuesto y determinar si la causa por la que se encuentra de baja y que le impide desarrollar su trabajo se ve agravada por su actuación, atendiendo siempre a la pauta y recomendación médica recibida para su curación. El Tribunal Superior de Justicia de Asturias, en su Sentencia de fecha 10 de Febrero de 2006 , determinó procede...

Compras y vendes por Wallapop, Ebay, MilAnuncios, Vibbo o Amazon ¿Sabías que tienes que pagar impuestos?

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Las compras online de productos de segunda mano entre particulares continúan creciendo, habituándonos al uso de distintas plataformas y aplicaciones como Wallapop, Vibbo, Mil Anuncios, Ebay o Amazon, para buscar aquello que necesitamos y también para deshacernos de aquello que ya no usamos, y conseguir así un dinero extra. Resulta cómodo y fácil, con un par de fotos y una breve descripción lo tenemos hecho, pero ¿cómo tributan esas ventas? ¿tributa el comprador o el vendedor? El pasado 22 de Agosto de 2.017, conocíamos una consulta vinculante de la Dirección General de Tributos ( DGT V2170-17 ) que precisamente resolvía esta cuestión. Y así, establecía que a la vista de la Ley 37/1992, sobre el Impuesto sobre el Valor Añadido, este tipo de operaciones no pueden estar sujetas a IVA en la medida en que no intervienen empresarios o profesionales, sino particulares, y que además estas transmisiones no se realizan dentro de una actividad profesional. Sin embargo, y una vez exclui...