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Mostrando las entradas etiquetadas como herencia

"¿Es posible desahuciar a un coheredero?. La viabilidad del desahucio por precario"

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¿Qué ocurre cuando uno de los herederos usa unilateralmente un bien de la herencia sin el consentimiento del resto?. Es habitual que el hijo que convive con sus padres en el domicilio de éstos, continúe residiendo en la vivienda a su fallecimiento, a pesar de que en el testamento de los causantes no se establezca ningún legado a su favor. Debemos situarnos ante una herencia que aún no está repartida, ni siquiera aceptada por los herederos, por lo que los bienes que forman parte de la misma siguen estando a nombre de los causantes, es decir, estamos ante una “comunidad hereditaria”. Ante esta situación, algunas Audiencias Provinciales entendían que el coheredero que utilizaba los bienes en exclusividad, sin pagar renta alguna tenía un derecho o título para hacerlo, considerando que si el resto de coherederos querían poner fin a esa situación tenían que acudir al juzgado e iniciar un procedimiento de división judicial de herencia, negando así la posibilidad de acudir a la...

¿Qué es un albacea y cuándo es necesario?

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Los albaceas son aquellas personas que el testador designa en su testamento, para que a su fallecimiento sean los encargados de hacer cumplir su voluntad, por lo que normalmente el testador elige a personas de su máxima confianza, debiendo ser mayores de edad y tener capacidad necesaria para obligarse. ¿Cuándo es preciso nombrar un albacea? No todas las situaciones requieren de la intervención de un albacea. Esta designación expresa en el testamento es recomendable cuando existen o pueden existir conflictos familiares entre los herederos, o en aquellas adjudicaciones de bienes complejas. En cuanto a sus funciones, será el testador el encargado de reflejar en su testamento cuáles son las funciones que otorga al albacea, aunque en caso de no realizar atribución expresa, nuestro Código Civil recoge en su artículo 902 que será el encargado de: 1) disponer y pagar los sufragios y el funeral del testador con arreglo a lo dispuesto por el en el testamento, y en su defecto, según...

"El Tribunal Supremo abre la puerta a la revocación de una donación por maltrato de obra o psicológico"

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En agosto de 2.014 conocíamos la decisión del Tribunal Supremo de considerar por primera vez el maltrato psicológico como causa para la desheredación de un hijo, considerando que este tipo de maltrato es una acción que causa una lesión en la salud mental de la víctima, y que se encuentra dentro del maltrato de obra. De este modo, el Alto Tribunal daba un paso más y añadía esta causa a las legalmente establecidas en nuestro Código Civil. Recientemente conocíamos una Sentencia, de fecha 20 de Julio de 2.015, por la que el Tribunal Supremo considera como causa de revocación de una donación a un hijo, la existencia de una conducta del donatario socialmente reprochable, que revistiendo caracteres delictivos, aunque no estén formalmente declarados como tales, resulta ofensiva para el donante. En este sentido, el artículo 648 de nuestro Código Civil recoge expresamente como causas de ingratitud por las que el donante puede revocar la donación realizada: 1.- si el donatario cometi...

"¿Puedo obligar a vender un piso si tengo más parte que el resto de herederos?"

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Esta cuestión suele aparecer cuando existen varios propietarios de un mismo inmueble, que lo son normalmente como consecuencia de una herencia, y tienen diferentes opiniones sobre qué destino se ha de dar al mismo, si el alquiler, el uso y disfrute entre ellos o la venta. ¿Es suficiente tener la mayoría para obligar a vender? o ¿puedo vender mi parte sin contar con el resto?. Si existe un acuerdo de las partes, y se decide alquilar o vender, cada copropietario recibirá su parte en proporción a su cuota de propiedad, ocurriendo igual en cuanto a los gastos, ya que nuestro Código Civil también establece en su artículo 393 que "el concurso de los partícipes, tanto en los beneficios como en las cargas, será proporcional a sus respectivas cuotas". Nuestro Código Civil es claro respecto a la copropiedad, y en este sentido, establece en su artículo 400 que " ningún copropietario estará obligado a permanecer en la comunidad. Cada uno de ellos podrá pedir en cualquier ...

"Las Herencias Envenenadas"

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En 2012, más de 23.228 personas renunciaron a la herencia que les habían dejado, más del doble que antes de que comenzase la crisis. Tradicionalmente las herencias eran sinónimo de buena suerte, ya que suponía un crecimiento del patrimonio del instituido heredero. Sin embargo, la actual situación ha obligado a los instituidos como herederos a tener que renunciar a la herencia, no solo por no poder pagar los impuestos correspondientes sino por no poder hacer frente a las deudas contraídas por el fallecido.  Cuando a alguien le dejan una herencia le dejan los bienes, el denominado "activo", pero también las deudas, "el pasivo", debiendo de responder el instituido como heredero de esas deudas no solo con el patrimonio del causante sino también con el suyo propio.  Ante esta situación, la opción más drástica y rápida es renunciar a la herencia y que la misma quede para el estado. Ésta renuncia se formaliza ante Notario en escritura pública y es definitiv...

¿Es posible desheredar a un hijo?

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La desheredación es la facultad que tiene todo testador para privar a los herederos de su legítima en los casos expresamente determinados por la ley . Según la Jurisprudencia y la doctrina, se trata de una situación excepcional, por lo que su interpretación ha de realizarse de forma restrictiva, ya que en caso contrario, estaríamos eliminando el sistema de legítimas, al que me referiré en las próximas semanas, establecidas a favor de los herederos forzosos.        Nuestro Código Civil diferencia entre "causas generales" y "causas específicas" para la desheredación, así se aglutinan un conjunto de conductas consideradas dignas de castigo, acciones especialmente reprochables que permiten a quien la sufre excluir a un hijo de la herencia. Cuando alguna de éstas causas concurre, el testador debe recoger esta figura en el testamento de forma expresa, identificando al legitimario a quién se deshereda y la causa en que lo funde. ...