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"Los intereses moratorios de tu préstamo personal podrían ser declarados ilegales por abusivos. Nueva doctrina del Tribunal Supremo"

El Tribunal Supremo acaba de dictar una sentencia en la que afirma precisamente esto, convirtiéndose así en doctrina jurisprudencial, y es que el Alto Tribunal considera que es ilegal el establecimiento de un recargo de más de dos puntos en los préstamos personales. Concretamente, el Tribunal Supremo afirma que " en los contratos de préstamos sin garantía real concertados con consumidores, es abusiva la cláusula no negociada que fija un interés de demora que suponga un incremento de más de dos puntos porcentuales respecto al interés remuneratorio pactado". Es evidente que la finalidad del interés de demora responde a la necesidad de reparar el daño que se produce ante un incumplimiento del deudor, sin embargo el propio Tribunal Supremo reconoce que por muy reprochable que pueda ser la conducta del deudor, ello no justifica el establecimiento de cualquier consecuencia, y menos cuando estas no respetan el principio de proporcionalidad. Sin duda, se trata de un impo