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Mostrando entradas de septiembre, 2015

"El Tribunal Supremo permite que las parejas de hecho cobren la pensión de viudedad aunque no lleven dos años inscritas"

Finalmente, el Tribunal Supremo ha declarado inconstitucional la Ley de Seguridad Social que exigía a las parejas de hecho que llevasen al menos dos años inscritas en el Registro de Parejas de Hecho, para ser beneficiarias de la pensión de viudedad. Se trata de un pronunciamiento que afecta a cientos de personas que han visto como al fallecer su pareja de hecho, con la que llevaban años, pero con la que no habían formalizado su unión hasta hacía un año o unos meses, no tenían derecho a prestación de viudedad, ya que no cumplían con el requisito del tiempo. El fundamento que utiliza el Alto Tribunal para declarar inconstitucional el apartado 5º del artículo 174.3 de la Ley de Seguridad Social, es que el mismo vulnera el artículo 14 de la Constitución Española, que no es otro que el derecho a la igualdad de todos. Y es que para el Tribunal Supremo, con la aplicación de este artículo se estaba dando un trato desigual a los solicitantes, entendiendo que el requisito de la inscripció

"La Trata de Seres Humanos. La esclavitud de nuestro tiempo"

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Hoy es el Día Internacional contra la Trata de Seres Humanos para la Explotación Sexual, por lo que os comparto mi colaboración en la Revista Sede el pasado mayo, dedicada a la "Tierra", y en el que trataba la "esclavitud de nuestro tiempo"- La trata de Seres Humanos: Hay muchas formas de hablar de nuestra tierra, muchas críticas que hacer al mundo actual; en lo económico, en lo medioambiental, en lo cultural, en lo social, y es que, muchas veces, son estos criterios los que nos hacen establecer líneas y categorías. Tenemos la mala costumbre de detenernos en las posibilidades, los recursos, los medios económicos y el desarrollo, para agrupar a los distintos países, sin pararnos a pensar que detrás siempre hay personas. Sin embargo, cuando hablamos de “violaciones de derechos”, las divisiones y fronteras se difuminan dejando en evidencia un problema mundial, que está presente en todos los puntos del planeta, y que ya ha sido denominado de forma internacion

“El pago de las costas procesales será deducible en la declaración de la renta al ser una pérdida patrimonial - Concepto de costas procesales”

Las costas procesales son aquellos gastos necesarios o imprescindibles que se originan a una de las partes dentro de un procedimiento, y que son consecuencia directa o inmediata del proceso mismo. La parte que ha vencido en el proceso tiene derecho a que le sean reembolsados estos gastos por quien ha perdido, siempre que exista por parte del Juzgado o Tribunal que ha conocido del asunto, una condena expresa al pago de las mismas. Sin embargo, no siempre existe un pronunciamiento judicial por el que se condena a una de las partes al pago de las costas, habitualmente se produce cuando hay temeridad o mala fe por alguna de las partes, o cuando se estima o desestima íntegramente la petición realizada por el demandante, ya que no hay que perder de vista que tienen naturaleza reparadora. ¿Qué conceptos y gastos se pueden considerar costas procesales? No todos los gastos que surgen a raíz de un procedimiento judicial tienen la consideración de “costas”, y en este sentido la Ley