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"Los detalles de la Tarifa Plana"

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Desde el pasado 1 de Marzo, y como consecuencia de la aprobación del Real Decreto-Ley 3/2014, de 28 de Febrero, de medidas urgentes para el fomento del empleo y la contratación indefinida, cualquier empresa, con independencia de su número de trabajadores o de su volumen de beneficios, pagará 100 euros durante un periodo de dos años, por la cotización a la Seguridad Social por “ contingencias comunes ” al contratar a tiempo completo a un trabajador, siempre que le mantenga contratado al menos 3 años.  A pesar de haber sido una medida muy anunciada, ya que con ella se pretende fomentar el empleo fijo, lo cierto es que algunos otros aspectos de la misma no han sido tan difundidos, y es que a pesar de denominarse de forma generalizada como “tarifa plana”, en realidad las empresas continuarán cotizando igual por desempleo, accidente de trabajo, formación profesional, fogasa, etc, aplicándose la medida únicamente en cuanto a la cotización por contingencias comunes.  ...

"Ahora los pagos en especie también cotizan"

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El pasado mes de diciembre, el Gobierno aprobó el Real Decreto-Ley 16/2013, de Medidas para favorecer la contratación estable y mejorar la empleabilidad de los trabajadores , del que ya hablamos en su día por recoger otra importante medida, "la ampliación de la reducción de jornada por cuidado de hijos hasta los 12 años" , y es que referida norma también adopta una dura medidas para empresas y trabajadores. Desde el 1 de Enero de 2.014, se ha de cotizar por conceptos que hasta este momento se encontraban exentos de cotización o limitados: los cheques de comida, aportaciones a plan de pensiones, vestuario, cursos, plus de transporte y distancia, las ayudas de guardería, los seguros médicos privados, entregas de acciones o participaciones de la empresa, gastos de estancia, gastos de manutención con pernocta en España y en el extranjero, etc. Además, se trata de una medida con efectos inmediatos, tanto es así que las empresas debían de adaptarse a la nueva normativa...