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Mostrando las entradas etiquetadas como estado de alarma

"¿Es posible anular las vacaciones que coincidieron con el confinamiento?"

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  Recientemente, el Juzgado de lo Social de Santander ha reconocido el derecho de una trabajadora, en este caso de la Consejería de Educación del Gobierno de Cantabria, a anular los días de vacaciones solicitados, al coincidir con el confinamiento general del Estado de Alarma, y sustituirlas por otro periodo vacacional. En este sentido, la resolución recoge expresamente que si la trabajadora “no puede salir de su casa por confinamiento forzado no serán vacaciones, no se corresponderá ese periodo con un legítimo y constitucional derecho al descanso anual que todo trabajador ha de tener”. La situación que se analiza, ocurrió en multitud de ocasiones durante el periodo en el que duró el primer Estado de Alarma derivado de la crisis sanitaria ocasionada por la Covid19. Durante esos meses, muchos trabajadores habían solicitado sus vacaciones en sus empresas, y llegado el momento vieron como tenían impedida la posibilidad de salir de casa para cualquier cosa que no fuera esencial o e...

“¿En qué condiciones podrán entrenar los deportistas federados durante la Fase 0?”

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Hoy se ha publicado la “Orden SND/388/2020, de 3 de mayo, por la que se establecen las condiciones para la apertura al público de determinados comercios y servicios, y la apertura de archivos, así como para la práctica del deporte profesional y federado” por la que se introducen las condiciones en las que debe desarrollarse la actividad deportiva profesional y federada. A partir de mañana, 4 de Mayo, los deportistas federados que no tengan la condición de “deportista profesional” podrán realizar entrenamientos de forma individual, en espacios al aire libre, dos veces al día, entre las 6:00 horas y las 10:00 horas y entre las 20:00 horas y las 23:00 horas, y dentro de los límites del término municipal en el que tengan su residencia. Para ello, si fuera necesario, podrán acceder libremente a aquellos espacios naturales en los que deban desarrollar su actividad deportiva como mar, ríos, o embalses, entre otros. ¿Qué ocurre si la modalidad deportiva se realiza con animales...

¿Cuáles son las consecuencias de grabar y difundir vídeos de personas que se saltan el confinamiento?

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Desde que se decretó el Estado de Alarma el pasado 14 de marzo, todos hemos visto a  familiares, amigos o vecinos saltarse el confinamiento obligatorio o no ser todo lo diligentes o responsables al realizar las actividades que sí están permitidas. Las horas de confinamiento incluso han dado lugar a que ciudadanos se conviertan en policías desde sus ventanas, llegándose a hacer virales en redes sociales sus vídeos en los que aparecen ciudadanos haciendo deporte en la calle, saltándose reiteradamente el confinamiento, paseando, reunidos en un parque, en definitiva, haciendo de todo menos quedarse en casa, mientras que otros les increpan e insultan.  La crisis sanitaria que atravesamos hace que todas las conductas de los ciudadanos que incumplen el confinamiento encuentren un reproche social que aumenta con el paso de los días. Sin embargo, ¿se puede grabar y difundir estos vídeos  por redes sociales? Es importante partir de la idea de que el Estado de Alarma limita...

¿Qué pasos tiene que dar un trabajador ante el ERTE de su empresa? ¿Y si es un despido ?

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Como consecuencia de la crisis sanitaria del COVID-19 y la declaración del Estado de Alarma el pasado 14 de marzo, muchos autónomos y empresas se han visto obligados a realizar un Expediente de Regulación Temporal de Empleo (ERTE), que no es más que un procedimiento administrativo por el que el empresario puede suspender o reducir el contrato de trabajo de sus trabajadores de forma temporal. Es importante partir de la idea de que el trabajador no pierde su puesto de trabajo como consecuencia del ERTE, sino que se produce una suspensión temporal del mismo, debiendo la empresa mantener al trabajador un mínimo de seis meses una vez finalice el estado de alarma. El Real Decreto-Ley 8/2020, publicado el pasado 18 de Marzo, de medidas urgentes extraordinarias para hacer frente al impacto económico y social del COVID-19 , recoge la posibilidad de que las empresas decidan la suspensión de contratos o la reducción temporal de la jornada de trabajo con base en las circunstancias extra...

"Se suspende el plazo que tienen los consumidores para devolver sus compras durante el Estado de Alarma"

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Los consumidores, de conformidad con el artículo 71 de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios, cuentan con un plazo de 14 días naturales para ejercer su derecho de desistimiento respecto a sus compras, es decir, para dejar sin efecto el contrato celebrado, sin necesidad de justificación ni penalización alguna, siempre que se trate de compras realizadas a distancia (teléfono, internet o catálogo), o cuando el artículo que han recibido tenga algún tipo de defecto o tara. Por otro lado, cada vez son más los establecimientos que adoptan políticas comerciales a favor del consumidor y permiten al cliente la devolución o cambio del producto adquirido en el plazo por ellos establecido. Sin embargo, la situación de crisis sanitaria que atravesamos y la declaración del estado de alarma nos impide desplazarnos para poder ejercer tales devoluciones o cambios, por lo que el Real Decreto-ley 8/2020, de medidas urgentes extraordinarias para hacer frente al impacto...