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Mostrando entradas de noviembre, 2013

El IVA con criterio de caja: ventajas e inconvenientes

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Las empresas y los profesionales llevan años pidiendo una modificación en el régimen especial del IVA, que les permitiera no pagar el IVA de las facturas emitidas hasta el momento en que las mismas resultasen efectivamente cobradas.  Con la aprobación de la Ley de Emprendedores, publicada en el BOE el 28 de septiembre de 2.013, esta petición realizada por el colectivo de autónomos ve finalmente la luz, ya que a partir del 1 de Enero de 2.014 comenzará a funcionar el régimen especial del IVA con criterio de caja , de forma que las Pymes y los autónomos que se acojan a este nuevo modelo tributario no deberán adelantar a Hacienda el IVA de las facturas no cobradas. Sin embargo, las empresas no se muestran especialmente entusiasmadas con esta modificación, al conocer cuales son los requisitos y obligaciones que se han de cumplir para acogerse a éste tipo de régimen. De hecho, abunda la desconfianza y el escepticismo entre los profesionales, por lo que no creo que esta medida se exti

"El derecho de los abuelos a visitar a sus nietos"

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A nadie se le escapa que los abuelos desempeñan un papel fundamental en la vida de un menor de edad, pero este protagonismo adquiere aun mayor importancia en las situaciones de crisis de pareja, cuando se produce una separación o divorcio o cuando tiene lugar el fallecimiento de uno de los progenitores, porque además de la transmisión de valores familiares, tienen la posibilidad de ayudar a sus nietos a afrontar esas situaciones, favoreciendo su desarrollo y su estabilidad. Sin embargo, son muchas las ocasiones en los que uno de los progenitores se opone a que los abuelos tengan establecido a su favor un régimen de visitas respecto de sus nietos, obligándoles a tener que acudir ante los Tribunales. El Tribunal Supremo ha establecido que los abuelos tiene derecho a relacionarse con sus nietos, siempre y cuando no exista una causa que lo desaconseje por no ser beneficioso para el menor, y ello a pesar de la existencia de desavenencias entre los progenitores y los abuelos del

Un año contra las TASAS JUDICIALES

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Después de un año desde que entrara en vigor la Ley de Tasas, Jueces, Fiscales, Abogados, Procuradores, personal al servicio de la Administración de Justicia y ciudadanos continuamos mostrando nuestra disconformidad con ella. Los datos muestran una realidad que todos veíamos y que solamente el Ministerio de Justicia no quiso, ni quiere ver. Desgraciadamente, este año ha servido para confirmar los peores augurios, ya que esta Ley ha privado a miles de ciudadanos de su derecho a la tutela judicial efectiva, impidiendo de forma injusta su acceso a la justicia, mientras que empresas y ciudadanos con capacidad económica continúan ejerciendo su derecho sin problemas. Por no hablar de la impunidad y el abuso de las Administraciones Públicas que se encuentran exentas del pago de esta tasa. A pesar de que nadie se creyó que con la aprobación de esta ley se iba a solucionar el problema de la justicia gratuita, lo cierto es que 365 días después nadie tiene ninguna duda al respecto, no

Nuevo criterio de Hacienda: dedúcete todo el IVA de la gasolina y otros gastos

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Cuando un empresario adquiere un vehículo que puede ser utilizado tanto en su vida personal como en su actividad o negocio, Hacienda presume que su utilización empresarial es solo del 50%, por lo que únicamente permite deducirse el 50% del IVA soportado en su compra. Hasta ahora, Hacienda seguía el mismo criterio con los gastos derivados de la utilización de ese vehículo, sin embargo, esto ha cambiado recientemente, desvinculando el procentaje de deducción del IVA soportado en la compra del vehículo, del IVA de los gastos derivados del uso del mismo. Desde este momento, todo empresario podrá deducirse todo el IVA de los gastos derivados de la utilización del vehículo, entendiéndose por tales la gasolina, reparaciones, recambios, peajes, parkings, etc, siempre que pueda acreditar que ese gasto se generó exclusivamente como consecuencia de la utilización del vehículo para la actividad empresarial. ¿Cómo probar que esos gastos están afectos al 100% a la actividad del em

Instalar un ascensor en un edificio ya solo requiere el voto de la mayoría de la Comunidad de Propietarios, no 3/5

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La instalación de un ascensor en una Comunidad de Propietarios continúa siendo el caso típico de conflicto entre los vecinos, ya que si bien se trata de una reforma que tiene claras ventajas, no solo por la comodidad de la que se benefician los vecinos sino también por la importante revalorización que sufren las vivienda, lo cierto es que son comunes las discrepancias entre los propietarios en cuanto a la conveniencia o no de realizar una inversión de este tipo, sobre todo por parte de los dueños de locales y plantas bajas. Hasta ahora, la instalación de un ascensor requería el voto favorable de las 3/5 partes del total de propietarios que además representaran 3/5 partes de las cuotas de participación, obligando al pago a todos ellos. La supresión de barreras arquitectónicas si se podía conseguir con el voto favorable de la mayoría simple. Sin embargo, a partir del 28 de Junio de 2.013 la Ley de Propiedad Horizontal se ve modificada, y con ello el quorum necesario par

¿Qué es la declaración amistosa de accidente?

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La "declaración amistosa de accidente" nació en 1972 cuando el Comité Europeo de Seguros invitó a todas las entidades de seguro a introducir en sus países este parte de siniestro, lo que suponía un modelo común, con el mismo texto, formato y color. En España apareció en junio de 1987, y desde entonces todos los conductores deseamos no tener que utilizarla nunca, aunque si tenemos que hacerlo, es importante conocer como se rellena, debiendo de ser precisos en los datos, para que esta declaración pueda tener los efectos para los que está diseñada. Según un estudio elaborado por la aseguradora Linea Directa, el 68% de los conductres no saben como rellenar una declaración amistosa de accidente, e incluso, quienes si saben se encuentran con dificultades debido al shock del accidente y los nervios que genera el tráfico que discurre por el lugar. La declaración amistosa de accidente es un documento estandar previsto para los accidentes de tráfico en los que intervienen

¿Puede usarse un local de oficina como vivienda?

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El Tribunal Supremo lo confirma en su Sentencia de 12 de Septiembre de 2013 , cuando afirma que un propietario de un piso o de un local tiene derecho a usarlos como considere más adecuado, salvo que el cambio de uso esté expresamente prohibido por el régimen de propiedad horizontal, su título constitutivo o su regulación estatutaria. El litigio se origina en una Comunidad de Propietarios de Almería, cuando los vecinos se oponen a que uno de ellos cambie el uso de la oficina de su propiedad para convertirla en vivienda, siendo la pretensión de los vecinos estimada por el Juzgado de Primera Instancia de Berja. Sin embargo, tanto la Audiencia Provincial de Almería en su día, como ahora el Alto Tribunal entienden que siempre que no exista limitación en su derecho de propiedad sobre la finca, el propietario puede destinar la misma al uso que más le interese. Y al parecer, ni en los estatutos existía prohibición expresa al respecto, ni el cambio de uso suponía una afectación de la

El Tribunal Supremo revisará el próximo martes el indulto del conductor kamikaze. ¿Cómo se alzanza un indulto?

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El próximo martes, el Tribunal Supremo revisará el indulto que el Gobierno concedió en diciembre de 2.012 a un conductor que causó un accidente al circular en sentido contrario en la autopista AP-7 en Valencia, en el que falleció un joven, y por el que se le había impuesto una pena de 13 años de prisión. Pero antes de conocer cual será la decisión del Tribunal, y con el fin de poder entender mejor a todas las partes, es conveniente tener claro ¿qué es un indulto?, ¿quién lo concede?, ¿quién lo puede pedir?, ¿qué delitos se pueden indultar?, ¿qué efectos tiene?, etc. El indulto es considerado una " medida o derecho de gracia " de carácter excepcional, recogido en el artículo 130.4º del Código Penal y que consiste en la remisión de todas (indulto total) o alguna (indulto parcial) de las penas a las que una persona ha sido condenada, con independencia de cual haya sido el delito que ha cometido, siempre que su sentencia sea firme y siempre que no cause un perjuic