¿Es necesario el consentimiento de ambos progenitores para publicar fotos de los hijos comunes en redes sociales?
La difusión de la imagen de los hijos menores de edad en redes sociales se ha convertido en un foco de conflicto entre aquellos progenitores que se encuentran separados o divorciados, dando lugar al inicio de procedimientos judiciales cuando las partes no logran alcanzar un acuerdo. ¿Es necesario el consentimiento de ambos? Recientemente conocíamos una Sentencia, dictada por la Audiencia Provincial de Cantabria, de fecha 13 de Enero de 2020, en la que se entra a conocer sobre esta cuestión, al interesarse por parte de la progenitora “que se prohíba la utilización de la imagen de la menor sin el previo consentimiento de ambos progenitores” , aportando capturas de la imagen de la menor, que en ese momento no alcanzaba los cinco años de edad, en una red social del otro progenitor sin que constase si la difusión era o no general y pública. En este sentido, la Audiencia Provincial recuerda lo ya manifestado por el Tribunal Supremo, en relación con la imagen de los me...