"¿Tengo que pagar la pensión de alimentos de mis hijos si están conmigo en vacaciones?"
Con la llegada de los meses de verano, muchos padres divorciados disfrutan de un mes completo de vacaciones en compañía de sus hijos, y en muchos casos surge esta cuestión. Podría parecer, erróneamente, que si los hijos van a pasar un mes
entero con el progenitor no custodio, éste no tendría que abonar una
pensión de alimentos al progenitor custodio, puesto que no les va a tener que
dar de comer durante ese tiempo.
Sin embargo, cuando se fija la pensión de alimentos no solo se está
pensando en el sustento o alimentos propiamente dichos, sino que dentro de ese
concepto se integran también el vestido, habitación, asistencia médica y
educación e instrucción del alimentista, es decir, las necesidades que el menor
pueda tener conforme a su edad.
Además de las necesidades del alimentista, como ya hemos apuntado en
otras ocasiones, para la fijación de la pensión de alimentos se tienen en
cuenta las posibilidades del alimentante, así como el status social y económico
en el que se ha venido desenvolviendo la unidad familiar antes de la ruptura.
Una vez dicho esto, parece claro que la respuesta a la pregunta con la
que comenzábamos este post es clara, y no solo porque se incluyen dentro de la
pensión conceptos que van más allá de los alimentos, sino también porque la
fijación de la cuantía se realiza haciendo un cómputo anual, entendiendo la misma
como una suma anual destinada a sufragar las necesidades de los hijos, quedando
la misma prorrateada en doce mensualidades ante la dificultad de cuantificar de
forma precisa cuales son los gastos que van a existir a diario. De esta forma
se pretende establecer una cuantía fija al mes, y compensar los meses en los
que se producen más gastos con los que apenas van más allá de la alimentación.
Es por todo ello que el progenitor que esta obligado al pago de la
pensión de alimentos, ha de satisfacerla igualmente en los meses en los que los
niños se encuentren disfrutando de su compañía, y así lo han puesto de
manifiesto la mayoría de los Tribunales, salvo que expresamente se recoja lo
contrario en el Convenio Regulador o en la Sentencia.
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