"Los 5 puntos que todo consumidor tiene que conocer tras la reforma"
Ayer entró en vigor la nueva Ley de Consumidores y
Usuarios, adaptando así nuestra legislación a la
Directiva Europea sobre Derechos de Consumidores aprobada en 2.011, que pretendía fortalecer los derechos de los consumidores, con
independencia de donde se encuentren y donde compren.
Los puntos más relevantes, que todo consumidor tiene que conocer tras esta modificación, podrían concretarse en cinco:
1.-
Se limita el “spam” telefónico:
La
norma prohíbe las llamadas comerciales entre las 21 horas de la tarde a las 9
horas de la mañana los días laborables, y a cualquier hora los fines de semana
y festivos.
Incluso,
el consumidor puede al recibir la primera llamada de una oferta comercial, rechazar
recibir más llamadas en el futuro.
2.-
Se amplía el plazo legal para que el consumidor pueda desistir del contrato a
un mínimo de 14 días naturales frente a los 7 días:
A
partir de este momento, el consumidor contará con 14 días para poder renunciar
o desistir del contrato y devolver el producto por “cualquier motivo”, si una
vez recibido cambia de opinión. Además, si el vendedor incumple su obligación
de comunicar al consumidor este derecho de desistimiento, el plazo se ampliará
hasta 12 meses.
Se
incorpora un formulario de desistimiento común a toda Europa, que facilitará el
ejercicio de este derecho y que será enviado por el vendedor junto con el resto
de documentación previa al contrato.
3.-
Mayor protección en la contratación telefónica de bienes o servicios:
Se
establece un nuevo sistema en cuanto a la contratación telefóncia, y es que el consumidor no quedará vinculado hasta que no haya firmado la oferta, por lo que el vendedor deberá enviarla por escrito en papel, fax, correo
electrónico o SMS, garantizando así que el consumidor al contratar sea siempre
consciente de lo que está aceptando. Por lo tanto, finaliza así la contratación
única y exclusivamente por conversación telefónica.
La accesibilidad y legibilidad se convierten en
requisitos indispensables de la contratación, de forma que el consumidor tenga
todos los conocimientos de lo que va a contratar, quedándose fuera de estos
requisitos la conocida como “letra pequeña”, ya que el tamaño de la misma nunca
podrá ser inferior a milímetro y medio, o que por su colocación y utilización
de colores pudiera ser dificultosa su lectura.
5.-
El consumidor ha de conocer el precio final antes de finalizar su transacción,
evitando así costes encubiertos:
El
consumidor ha de conocer y prestar su consentimiento expreso ante cualquier
pago adicional al coste del bien o servicio que esta comprando. Además, la ley
obliga al vendedor a informar claramente sobre los costes que conllevan las
diferentes modalidades de pago.
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