"La desprotección de los ciudadanos frente a las antenas de telefonía"
El pasado
11 de Mayo entró en vigor la nueva Ley
9/2014, de Telecomunicaciones, con la que según nuestros dirigentes políticos mejorarán enormemente los servicios de las redes fijas y móviles en
nuestro país, e incluso supondrá una mayor protección para los consumidores.
Sin
embargo, la aprobación de esta norma permitirá a las operadoras de telefonía móvil expropiar forzosamente espacios
privados para instalar las antenas que consideren necesarias, en el desarrollo de su red de
comunicaciones, potestad que única y exclusivamente han tenido siempre las
Administraciones Públicas, y hecho al que apenas se ha dado la publicidad e importancia que tiene.
Me parece
alarmante que los operadores puedan disponer u ocupar espacios privados para
instalar su antena de telefonía, sin que sea necesario obtener licencia de obra, ni realizar un estudio de impacto ambiental, bastando la presentación de "un plan
de despliegue de red en la zona" para que el Ministerio de Industria posibilite
el permiso, argumentando la utilidad pública de la medida para conseguir su
instalación
Durante
años, numerosas comunidades de propietarios en toda España se han negado a
instalar en sus azoteas una antena de telefonía, a pesar de que ello suponía
rechazar importantes sumas de dinero. Multitud de plataformas y colectivos,
grupos ecologistas y científicos han salido a la calle para impedir que se
instalasen en su ciudad, y para dar a conocer los importantes problemas de
salud que sufren las personas que diariamente rodean a una antena
de este tipo, por el simple hecho de tenerla próxima.
El propio
Tribunal Supremo reconoció en el año 2.012 que las antenas de telefonía móvil
tienen efectos significativos en la salud humana y el medioambiente, anulando
el Plan General de Ordenación Urbana de Valladolid que permitía antenas en
edificios de viviendas, dando la razón así a la Asociación de Afectados por las
Antenas de Telecomunicaciones (AVAATE) que consideraba necesaria la “evaluación
de impacto ambiental” debido a los riesgos para la salud que entraña la
instalación de infraestructura para servicios de comunicación.
Pues bien, con esta reforma serán las empresas las que determinarán los lugares en los que es necesario la instalación de este tipo de infraestructuras, quieran o no los propietarios de la viviendas, puedan o no los edificios soportarlos, ya que siempre que "lo consideren necesario" y "de utilidad pública", obtendrán el permiso para su colocación.
Ante esta realidad, las voces
de importantes juristas ya se han alzado anunciando la inconstitucionalidad de
la norma, no solo por vulnerar el derecho a la propiedad privada, sino además
por otorgar a las operadoras un derecho que hasta el momento estaba reservado
para las administraciones públicas. No hace ni un mes que entro en vigor y ya empiezan
a encontrarse importantes lagunas legales, que como ya ha ocurrido con otros
textos legales, no han sido tenidas en cuenta en el momento de creación de la norma,
ya que si se expropia una cubierta (elemento común en una Comunidad de
Propietarios) sería necesario cambiar el titulo constitutivo, lo que resulta
incompatible con la Ley vigente de Propiedad Horizontal.
Por si fuera poco, la nueva regulación sobre Telecomunicaciones no recoge un principio fundamental que aparece en la Ley General de Salud Pública, y es que la existencia de indicios fundados de una posible
afectación grave de la salud de la población aun cuando hubiera incertidumbre
científica sobre el carácter del riesgo, determinará la cesación, prohibición o
limitación de la actividad sobre la que concurran.
¿Qué ocurrirá con determinadas zonas especialmente sensibles? ¿Cómo se valorará el riesgo que asumen los propietarios de los edificios si la ley no lo prevé? ¿Cómo se valorará si el edificio puede soportar el peso de ese tipo de infraestructuras? ¿Acabarán prevaleciendo las comunicaciones sobre la salud de las personas?...me surgen cientos de preguntas…y las respuestas me aterran.
¿Qué ocurrirá con determinadas zonas especialmente sensibles? ¿Cómo se valorará el riesgo que asumen los propietarios de los edificios si la ley no lo prevé? ¿Cómo se valorará si el edificio puede soportar el peso de ese tipo de infraestructuras? ¿Acabarán prevaleciendo las comunicaciones sobre la salud de las personas?...me surgen cientos de preguntas…y las respuestas me aterran.
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