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"La AP Cantabria confirma la condena a un ganadero por envenenar a animales y especies protegidas"

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“Una pena de prisión de DOS AÑOS, la inhabilitación especial para la profesión de ganadero o cualquier otra relacionada con la ganadería por plazo de DOS AÑOS, la inhabilitación del derecho a la caza por tiempo de CUATRO AÑOS, así como a indemnizar al Gobierno de Cantabria en la cantidad de 118.770 Euros”. Estas son las penas que ha confirmado la Audiencia Provincial de Cantabria para un ganadero condenado por un delito continuado contra la fauna por uso de cebos envenenados, previsto y penado en el artículo 336.2 de nuestro Código Penal, en concurso con un delito continuado de muerte de especies amenazadas, previsto y penado en el artículo 334.2 del mismo texto legal. En el supuesto enjuiciado, el acusado que ejercía como ganadero en el término municipal de Valdeolea (Cantabria) llevó a cabo una serie de actuaciones tendentes a hacer desaparecer el Lobo Ibérico y los posibles ataques de éste a su ganado. Nada más y nada menos que decidió colocar carne impregnada de sustancia...

El "discurso del odio" y la libertad de expresión en redes sociales según el Tribunal Supremo

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No son ni un caso, ni dos, las redes sociales han hecho aflorar discursos y conductas que escudadas en el anonimato de los perfiles, transgreden los límites del respeto, incluso llegando a ser constitutivos de delito. Antitaurinos contra taurinos y viceversa, víctimas de terrorismo, chistes y humor negro, han sido en muchas ocasiones focos en los que se han centrado los mensajes en las redes sociales, eso sí, siempre y en todos los casos bajo la bandera de la “libertad de expresión”. Recientemente conocíamos una Sentencia del Tribunal Supremo en la que se recoge que “la libertad de expresión no ampara el discurso del odio en las Redes Sociales”. La resolución condena a A.C a un año y medio de prisión e inhabilitación absoluta por diez años, al haber incurrido según el Alto Tribunal en un delito de enaltecimiento del terrorismo y menosprecio a las víctimas, al publicar en Twitter y Facebook mensajes como:   “A mi no me da pena Miguel Angel Blanco, me da p...

"¿Hasta cuando se debe pagar la pensión de alimentos a los hijos? ¿Se extingue con la mayoría de edad?"

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  Hace unos días me llegaba a través del blog esta pregunta, que además me consta que es una duda muy común entre padres separados o divorciados con hijos a cargo, ¿se extingue la pensión de alimentos con la mayoría de edad? Tal y como ya he recogido en algún post sobre derecho de familia, el concepto de “pensión de alimentos” aparece recogido en el artículo 142 del Código Civil y se entiende “todo lo que es indispensable para el sustento, habitación, vestido, y asistencia médica. También la educación e instrucción del alimentista mientras sea menor de edad, y aún después, si no ha terminado su formación por causa que no le sea imputable.” Si bien es cierto que la pensión de alimentos no es eterna, su extinción no necesariamente va vinculada al cumplimiento de la mayoría de edad del hijo. En este sentido, la jurisprudencia afirma que el progenitor está obligado al pago de la pensión de alimentos hasta que el hijo mayor de edad es “independiente económicamente”. Dicho est...

¿Los libros de texto y el material escolar son “gastos extraordinarios”?

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Con la llegada del curso escolar, son muchos los clientes que nos hacen esta pregunta, y es que el uniforme, los libros, el material escolar...convierten a Septiembre en un mes en el que es necesario realizar un importante desembolso económico por parte de los progenitores. No es una cuestión baladí, ya que cuando hablamos de padres divorciados, la respuesta a esta pregunta va a determinar si tales gastos  han de ser satisfechos al cincuenta por ciento entre ambos progenitores o bien tiene que hacerse cargo el progenitor que tiene la guarda y custodia de los menores de edad. Antes de analizar lo que han venido diciendo los Juzgados y Tribunales en nuestro país respecto a esta cuestión, debemos partir del concepto de “gasto extraordinario”, refiriéndonos a aquel gasto que siendo necesario es imprevisible, imprevisto y no periódico, frente al gasto ordinario, que es aquel precisamente previsible y periódico, y abarca, tal y como recoge el artículo 142 de nuestro Código Civil, ...

¿Que hacer contra el "spam telefónico"?

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Hace unos días me hacían esta consulta a través del facebook de "Mirada de Letrada" , por lo que voy a intentar desgranar derechos, obligaciones y posibles vías de reclamación sobre esta cuestión. No es necesario definir el “spam telefónico”, ya que todos en algún momento hemos sufrido este fenómeno, llamadas al móvil o al fijo para vender un determinado producto o servicio de forma reiterada, a pesar de no haberlo pedido e incluso de haberlo rechazado en varias ocasiones. Compañías telefónicas, bancos, seguros o empresas de lo más variopinto que quieren ofrecer sus promociones u ofertas, ¿pueden hacerlo a cualquier hora? Lo primero que debemos saber es que desde Junio de 2.014, como consecuencia de la reforma de la Ley de Consumidores y Usuarios, está prohibido que este tipo de empresas llamen a los consumidores para vender sus productos entre las 21h de la noche y las 9h de la mañana, así como los fines de semana y festivos, de conformidad con el artículo 96 de la...

¿Qué ocurriría si un día consultamos nuestra cuenta corriente y faltan más de 50.000 euros? ¿Quién es responsable?

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Recientemente conocíamos una Sentencia, de fecha 27  de Mayo de 2.016, dictada por el Juzgado de Primera Instancia número 48 de Madrid, que resolvía precisamente esta cuestión. A la clienta de la entidad bancaria la habían sustraído más de de 55.000 euros de su cuenta corriente, a través de un virus informático que ella misma tenía en el ordenador. Según la magistrada, la entidad bancaria es responsable de la sustracción ya que “disponía de los medios necesarios para detectar y evitar” un ataque de un virus que tiene esa finalidad. ¿Y la diligencia de la clienta de tener un dispositivo adecuado para hacer operaciones online? En este sentido, la resolución afirma que aunque el ordenador no estuviera en perfectas condiciones, para la clienta era  difícil  sospechar que tenía un virus. Además no se aprecia negligencia o responsabilidad de la misma, ya que los propios informes periciales aprecian la existencia de medios razonables a fin de proteger los ...

“El Tribunal Constitucional tumba las tasas judiciales para las personas jurídicas”

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Se nos impusieron unas tasas judiciales injustas que limitaban el acceso a la justicia a quienes no disponían de medios económicos, se recaudaron más de 565 mil millones de euros sin que ni un solo euro se destinase a la Administración de Justicia ni se nos diera ninguna explicación, se eliminaron las tasas para las personas físicas pero no para las personas jurídicas, y ahora, casi cuatro años después asistimos a la resolución del Tribunal Constitucional en el que afirma lo que todos sabíamos y  denunciábamos  constantemente, que son inconstitucionales. El Alto Tribunal afirma que son desproporcionadas y que su cuantía “no atiende a la realidad económica de una mayoría significativa de sus destinatarios, para los cuales resulta excesiva”, y que además no ha existido un estudio económico que permitiera comprender a que se debían las cuantías establecidas, sin que se pueda sacrificar el derecho fundamental a la tutela judicial efectiva para con ello financiar la Justici...