¿En qué momento se puede pedir una pensión compensatoria?
La pensión compensatoria es un derecho que tiene el cónyuge que, ante una ruptura matrimonial, se encuentra en una situación de empobrecimiento y desequilibrio económico. Su finalidad es equiparar o equilibrar la economía de ambos cónyuges, y que su situación se asemeje a la que existía antes de la crisis matrimonial. Por lo tanto, el cónyuge que sufre el desequilibrio podrá pedir una pensión al otro cónyuge, debiendo de examinarse caso por caso la situación familiar, personal, laboral y social de ambos cónyuges, y determinar si realmente existe tal desequilibrio. Esta claro que el derecho a la pensión nace en el momento en que tiene lugar la ruptura, y por consiguiente el desequilibrio respecto a la situación anterior, sin que la concurrencia de circunstancias sobrevenidas después del cese de la convivencia conyugal pueda dar lugar al reconocimiento del derecho. En este sentido se han pronunciado la mayor parte de las Audiencias Provinciales, lo que pone de manifiesto la ne...