Entradas

Mostrando las entradas etiquetadas como conyuges

¿En qué momento se puede pedir una pensión compensatoria?

Imagen
  La pensión compensatoria es un derecho que tiene el cónyuge que, ante una ruptura matrimonial, se encuentra en una situación de empobrecimiento y desequilibrio económico. Su finalidad es equiparar o equilibrar la economía de ambos cónyuges, y que su situación se asemeje a la que existía antes de la crisis matrimonial. Por lo tanto, el cónyuge que sufre el desequilibrio podrá pedir una pensión al otro cónyuge, debiendo de examinarse caso por caso la situación familiar, personal, laboral y social de ambos cónyuges, y determinar si realmente existe tal desequilibrio. Esta claro que el derecho a la pensión nace en el momento en que tiene lugar la ruptura, y por consiguiente el desequilibrio respecto a la situación anterior, sin que la concurrencia de circunstancias sobrevenidas después del cese de la convivencia conyugal pueda dar lugar al reconocimiento del derecho. En este sentido se han pronunciado la mayor parte de las Audiencias Provinciales, lo que pone de manifiesto la ne...

"¿A quien se le atribuye el uso de la vivienda familiar si no hay hijos?"

Imagen
Con carácter general, cuando tiene lugar un divorcio, y de ese matrimonio no existe descendencia alguna, el uso de la vivienda que ha constituido el domicilio conyugal se atribuye de forma alternativa, y por periodos de tiempo iguales, a ambos cónyuges, hasta que éstos procedan a la liquidación de la sociedad legal de gananciales, y queden así repartidos sus bienes.  Sin embargo, en muchas ocasiones un divorcio supone una situación de desequilibrio para una de las partes, es entonces cuando ante la existencia de “un interés más necesitado de protección” , la vivienda es atribuida al cónyuge más desfavorecido, con independencia de si la misma tiene carácter ganancial o privativo. Pero, ¿qué circunstancias se tienen en cuenta para determinar esa situación?. En primer lugar, la imposibilidad del cónyuge de acceder dadas sus circunstancias a una vivienda donde poder alojarse, así como la falta de medios económicos para subsistir. Esta realidad ha de ser acreditada por el...

"Pensión de alimentos (Parte I): ¿Qué hago si no puedo pagar la pensión de mis hijos?"

Imagen
Cada vez es más habitual que personas que se encuentran en situación de desempleo acudan al despacho ante la imposibilidad de poder cumplir con la obligación de pagar la pensión de alimentos de sus hijos. No solo la pérdida de puestos de trabajo, sino también la rebaja en los salarios han acelerado el número de demandas por falta de pago de la pensión de alimentos que en su día fue acordada en un Convenio Regulador o en la Sentencia de Divorcio. En el momento en que se fija la pensión de alimentos, tal y como establece nuestro Código Civil, es fundamental tener en cuenta las circunstancias concretas de ambos progenitores, debiendo de establecerse la pensión atendiendo siempre a las posibilidades económicas del que tiene obligación de prestarlos, y de las necesidades de quien debe recibirlos, (derivadas de la edad y el contexto social), rigiendo siempre el criterio de proporcionalidad. En este sentido, el Juzgado de Primera Instancia (Familia) Número 7 de Sevilla entiende, y...

"El Tribunal Supremo interpreta la exención de declarar entre parientes"

Imagen
La Ley de Enjuiciamiento Criminal dispensa en su artículo 416.1º de la obligación de declarar al cónyuge o persona unida por relación de hecho análoga a la matrimonial contra un procesado. Este derecho que no solo tiene el cónyuge, sino también los parientes más cercanos, (padres, hijos, hermanos, etc) ha de ser debidamente informado de manera expresa, en sede policial, ante el Juzgado instructor y en el momento del juicio, sin que pueda entenderse que la persona esta informada con la mera pregunta de si desea declarar. De no ser así, las declaraciones realizadas pueden verse anuladas con las consecuencias que ello puede llevar en la decisión final del asunto. Una vez puesto en conocimiento del pariente, éste elegirá acogerse a este beneficio o por el contrario, declarar contra el acusado, sin que el hecho de declarar en una de esas fases suponga una nueva renuncia tácita al derecho de no hacerlo en las fases posteriores.  Tal y como ha manifestado el propio Tribunal Supr...

¿Que gastos no están incluidos en la pensión de alimentos de mis hijos?. Concepto de "gasto extraordinario"

Con el comienzo del curso escolar, esta pregunta se repite entre los clientes que no tienen la guarda y custodia de sus hijos y están obligados al pago mensual de una pensión de alimentos.   Lo cierto es que un hijo puede ser protagonista de una gran variedad de gastos, resultando una tarea complicada su calificación como ordinarios, y por tanto incluidos dentro de la pensión de alimentos, o extraordinarios.  La Jurisprudencia viene considerando que para catalogar un gasto como extraordinario, éste tiene que ser: (1) necesario: que haya de cubrirse de modo ineludible; 2) imprevisible y no periódico: ha de derivar de sucesos de difícil previsión; 3) asumible por el caudal del alimentante; y 4) no estar ya cubierto por los gastos ordinarios tenidos en cuenta en su día al fijar la pensión de alimentos. Teniendo en cuenta estas características, podemos definir "los gastos extraordinarios" como aquellos que se producen con c...