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"¿Los gastos de la obtención del carnet de conducir de un hijo son extraordinarios?"

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    Una de las primeras cosas que quieren hacer los hijos al alcanzar la mayoría de edad es obtener el carnet de conducir, lo que sin duda les proporciona una mayor independencia y autonomía. Cuando los progenitores están divorciados o separados, son muchas las ocasiones en las que este gasto origina un conflicto entre ellos, respecto a si se debe considerar ordinario, y por tanto incluido dentro de la pensión de alimentos, o extraordinario. La Audiencia Provincial de Cantabria se ha pronunciado sobre esta cuestión en distintas ocasiones, afirmando que “los gastos de obtención del carné de conducir deben considerarse extraordinarios, por la dificultad de su previsión previa y por la importancia del desembolso; Y deben considerarse también como un gasto necesario porque completa la formación de la hija mediante la adquisición de una habilidad útil para la consecución de su autonomía personal, al tiempo que amplía sus posibilidades de acceso al mercado de trabajo” (AAP Cantabria 37/