¿Está obligado el cónyuge a devolver los préstamos firmados por el otro cónyuge?
En el supuesto concreto que analiza el Tribunal Supremo, en su Sentencia de fecha 18 de Septiembre de 2.019, el esposo había suscrito diversos préstamos al consumo y de tarjeta de crédito a nombre de su mujer, entre los años 2007 y 2011, llegando incluso a conseguir que la entidad financiera le permitiera llevarse la documentación a firmar fuera de la sucursal, resultándole así sencillo falsificar la firma de su esposa con el absoluto desconocimiento de ella. El Tribunal Supremo declara la nulidad de los contratos de préstamo por falta de consentimiento y en consecuencia exonera a la esposa de tener que abonar la cantidad adeudada. La Sala considera que “es la entidad la única que debe respetar las consecuencias de una actuación fraudulenta que fue posible gracias a la inobservancia por la propia entidad de sus normas internas, que se dirigen a evitar el fraude a los clientes”. Además, también reconoce que “lo que resulta contrario a derecho, y este comportamiento no puede