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“La obtención del pasaporte de un hijo menor de edad cuando no hay acuerdo entre progenitores”

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  Pronto llegarán las vacaciones de verano y los periodos de vacaciones atribuidos a los progenitores separados o divorciados respecto a sus hijos. Es habitual que acudan al despacho clientes con dudas y conflictos en torno a la obtención del pasaporte de sus hijos menores de edad. ¿Tienen que estar los dos progenitores de acuerdo para la obtención del pasaporte de su hijo? Para la obtención del pasaporte de un hijo menor de edad es necesaria la autorización y el consentimiento de ambos progenitores, siempre y cuando la patria potestad este atribuida de forma conjunta a ambos, por lo que l o más recomendable es que los dos acudan junto a su hijo menor para la obtención del pasaporte. Bastará la presencia de uno solo de los progenitores cuando se tenga atribuida la patria potestad de forma exclusiva, o en caso contrario, se cuente con una autorización previamente legalizada del otro progenitor ausente. Así lo establece el artículo 4.2 del Real Decreto 896/2003, de 11 de julio, por e