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“He cuidado a mis padres hasta su fallecimiento. ¿Tengo derecho a una prestación?”

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  Muchas personas dedican años de su vida al cuidado de sus padres o hermanos dependientes, renunciando a su propia independencia, a su trabajo y su proyección laboral, en definitiva, a su vida, obligados muchas veces a sobrevivir con los ingresos de esos familiares a quienes auxilian. Sin embargo, cuando finalmente esos familiares fallecen estas personas se quedan sin ingresos propios, y en muchas ocasiones con serias dificultades para acceder nuevamente al mercado laboral y a la vida que llevaban antes. Es precisamente con el objetivo de proteger a estas personas que han convivido y atendido a la persona fallecida, y que dependían económicamente de ella, con el que se pone a su disposición la prestación económica en favor de familiares.  Para ser beneficiario de esta prestación es necesario haber convivido con el causante y a sus expensas los dos años anteriores a su fallecimiento, además de no tener derecho a otra pensión pública y carecer de medios de subsistencia. Es ...