El IVA con criterio de caja: ventajas e inconvenientes
Las empresas y los profesionales llevan años pidiendo una modificación en el régimen especial del IVA, que les permitiera no pagar el IVA de las facturas emitidas hasta el momento en que las mismas resultasen efectivamente cobradas. Con la aprobación de la Ley de Emprendedores, publicada en el BOE el 28 de septiembre de 2.013, esta petición realizada por el colectivo de autónomos ve finalmente la luz, ya que a partir del 1 de Enero de 2.014 comenzará a funcionar el régimen especial del IVA con criterio de caja , de forma que las Pymes y los autónomos que se acojan a este nuevo modelo tributario no deberán adelantar a Hacienda el IVA de las facturas no cobradas. Sin embargo, las empresas no se muestran especialmente entusiasmadas con esta modificación, al conocer cuales son los requisitos y obligaciones que se han de cumplir para acogerse a éste tipo de régimen. De hecho, abunda la desconfianza y el escepticismo entre los profesionales, por lo que no creo que esta medida se exti