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"El Tribunal Supremo se pronuncia sobre los días de asuntos propios ¿recuperables o no?"

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Los días de asuntos propios o días de libre disposición son aquellos en los que el trabajador puede ausentarse de su trabajo, sin necesidad de tener una causa justificada, ya que están pensados para que el trabajador pueda resolver cuestiones personales. Sin embargo, el Estatuto de los Trabajadores no regula este tipo de días, por lo que será el Convenio Colectivo que resulte de aplicación el que determinará si los trabajadores tienen derecho a estos días, si existe alguna limitación en cuanto a su uso, cuántos días podrá disfrutar el trabajador durante el año y si son retribuidos o no. El Tribunal Supremo se ha pronunciado sobre si los días de asuntos propios han de ser recuperables o no, en su Sentencia de fecha 20 de Diciembre de 2.019, al analizar el conflicto colectivo que afecta al personal laboral que presta sus servicios en centros de la Agencia Madrileña de Atención Social (AMAS) y que dependen de la Consejería de Políticas Sociales y Familia de la Comunidad de Madrid,