"Campaña de Renta 2013 - Novedades"




El pasado 1 de Abril comenzó la “Campaña de Rentas 2013”, y en esta ocasión lo hace con importantes novedades para todos los contribuyentes, ya que por primera vez no es posible realizar la declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) a mano, sino que todos debemos realizarla a través de un programa PADRE simplificado que facilitará la descarga de los datos fiscales y personales para la confección y presentación de la declaración. El plazo para solicitar nuestro borrador a la Agencia Tributaria también ha comenzado, sin embargo hasta el próximo 12 de mayo no se prestará atención en oficinas y administraciones.


¿Cuáles son las principales novedades que el contribuyente ha de conocer antes de realizar la declaración de la renta?

Probablemente, la deducción por adquisición de la vivienda es la novedad más importante, y es que aquellos contribuyentes que adquirieron su vivienda a partir del 1 de Enero de 2013, no pueden beneficiarse de la desgravación de los pagos realizados. Esta modificación en nada afecta a aquellas personas que compraron con anterioridad a esa fecha, y que podrán continuar beneficiándose de la deducción. 

La segunda novedad más importante le ataña a los “emprendedores”, y es que todos aquellos que durante el año 2013 constituyeron una Sociedad Limitada que constituía una nueva empresa, podrán deducirse el 15% de las aportaciones realizadas, hasta un límite de 9.000 euros anuales. Asimismo, aquellas personas, llamadas “business angels” que aportaron capital para el inicio de una actividad sin entrar en su gestión, denominado como “capital semilla” podrán beneficiarse de una deducción de hasta el 20%. 

Aquellas personas que han realizado o se encuentran realizando en sus viviendas obras para la adaptación para personas con discapacidad, y que han satisfecho cantidades antes del 2013, podrán continuar deduciéndose los importes pagados durante este año, hasta un límite del 15% de lo invertido, siempre que no supere los 9.040 Euros, y siempre que las obras estén finalizadas antes del 1 de Enero de 2.017.

La solidaridad, traducida en donativos a ONGs y otras entidades sin ánimo de lucro también tiene un efecto positivo en nuestra declaración de la renta, al igual que ocurre con las cuotas de afiliación a un partido político o sindicato, e incluso las cuotas que se pagan a los colegios profesionales de carácter obligatorio, pudiendo desgravarse entre un 25% y un 10% de sus aportaciones, con ciertos límites establecidos para cada caso. 

Otra novedad de este año tiene que ver con los premios de las Loterías y apuestas organizadas por Loterías y Apuestas del Estado y por las Comunidades Autónomas, así como por Cruz Roja y la ONCE, y es que los premios ya no se encuentran exentos, salvo aquellos importes que no superen los 2.500 Euros. 

Por otro lado, y en cuanto a las aportaciones a planes de pensiones, el contribuyente ha de saber que además de contar con una devolución al final de la vida laboral, también va a suponer un ahorro fiscal que variará entre el 24,75% y el 52% de la inversión realizada, pudiendo ser aun mayor el porcentaje en comunidades autónomas como Andalucía, Asturias y Cataluña.

Además de todas estas cuestiones y de otras novedades, cada contribuyente ha de tener en cuenta que en función de la Comunidad Autónoma donde reside, puede beneficiarse de otro conjunto de deducciones fiscales, y así en Cantabria por ejemplo encontramos la deducción del 10% de las cantidades pagadas a profesionales médicos y de un 5% por las cuotas abonadas de los seguros médicos. 

Si aun no has solicitado tu borrador, entra en la pagina web de la Agencia Tributaria y solicítalo.


 

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