"Ahora los pagos en especie también cotizan"
El pasado mes de
diciembre, el Gobierno aprobó el Real Decreto-Ley 16/2013, de Medidas para
favorecer la contratación estable y mejorar la empleabilidad de los trabajadores,
del que ya hablamos en su día por recoger otra importante medida, "la ampliación de la reducción de jornada por cuidado de hijos hasta los 12 años", y es que referida norma también adopta una dura
medidas para empresas y trabajadores. Desde el 1 de Enero de 2.014,
se ha de cotizar por conceptos que hasta este momento se encontraban exentos de
cotización o limitados: los cheques de comida, aportaciones a plan de
pensiones, vestuario, cursos, plus de transporte y distancia, las ayudas de
guardería, los seguros médicos privados, entregas de acciones o participaciones
de la empresa, gastos de estancia, gastos de manutención con pernocta en España
y en el extranjero, etc.
Además, se trata de una
medida con efectos inmediatos, tanto es así que las empresas debían de
adaptarse a la nueva normativa e incluir en las bases de cotización de sus
trabajadores todas las retribuciones que éstos cobrasen en especies desde el mes de diciembre, y presentarlo en el pasado mes de enero de este año. Sin
embargo, las dificultades de las empresas para realizar esta adaptación y
ponerse al día con la Tesorería General de la Seguridad Social ha hecho que el
plazo se amplíen en un primer momento hasta el día 31 de marzo, y posteriormente hasta el próximo 31 de
Mayo de 2.014.
Las “retribuciones en
especie” son aquellas atribuciones patrimoniales que recibe el trabajador del
empresario y que se perciben en bienes económicos no dinerarios (uso de
vivienda, vehículo, ordenador, etc) o percepciones dinerarias afectas a una
finalidad específica (ayuda para guardería, cuota de plan de pensiones,
alquiler de vivienda, etc).
El malestar entre
empresarios y trabajadores es generalizado, al considerar que tal medida tendrá
un impacto económico y social que no ha sido debidamente analizado. El fin de
esta medida, así como el de otras que el Real Decreto-Ley recoge no es otro que
el “recaudatorio”, ya que se
pretende alcanzar unos ingresos anuales de más de 900 millones de euros. Sin embargo, los empresarios entienden que la situación económica que atraviesan las empresas hacen que no sea el momento más adecuado para incrementar su carga económica, y los trabajadores, por su parte, anuncian el grave perjuicio que para ellos tiene, ya que con toda probabilidad verán reducido su salario por estos conceptos. El descontento de unos y de otros hace que todos nos preguntemos si esta medida es realmente apropiada.
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